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PROPIEDAD HORIZONTAL - COMUNIDADES DE PROPIETARIOS ALICANTE

ABOGADO COMUNIDADES DE PROPIETARIOS | PROPIEDAD HORIZONTAL

Moisés Cabeza Requena

Abogado
Coleg. num. 4637 - Alicante

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abogado en alicante

ALTERACIÓN DE ELEMENTOS COMUNES

Alteración de Fachadas, Ocupación de espacios comunitarios, privación ilegítima de espacios privativos. Obligación de contribuir o no a los gastos de la comunidad. Obligación o no de contribuir al gasto que conlleva la construcción de nuevos elementos o instalaciones. 

ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.

En nuestros edificios puede darse la circunstancia que convivan personas con movilidad limitada que se ven impedidos para acceder fácilmente a sus viviendas por la existencia de bordillos, escaleras, ausencia de rampas con la debida pendiente ó cualquier otro elemento que por insignificante que pueda parecer sin embargo realmente sí constituye un gran problema para esas personas. En este contexto social, la supresión de las barreras arquitectónicas se ha impuesto como una necesidad para que todos los copropietarios de un edificio puedan disfrutar de sus viviendas en igualdad de condiciones.

La Ley de Propiedad Horizontal ya exige a las Comunidades de Propietarios la ejecución de obras ante la existencia de vecinos con impedimentos de accesibilidad, pudiéndose incluso en caso de no realizar las obras necesarias ser sancionados por la Administración.  

IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS COMUNITARIOS.

¿Un acuerdo comunitario perjudica su derecho como propietario? 

¿Quieren hacerle pagar por una derrama que Vd. considera injusta? ¿Pretende la Comunidad de Propietarios privarle de un elemento que Vd. considera suyo o sobre el que Vd. ostenta algún derecho? ¿No está de acuerdo con el reparto de gastos?  

Es muy común que en las Juntas de Propietarios no siempre se respete la legalidad, y frecuentemente se adoptan acuerdos que difieren mucho de la normativa, o decisiones que se apartan del régimen de mayorías establecido para cada caso, e incluso saltándose las formalidades imprescindibles para que un acuerdo pueda entenderse debidamente adoptado.

No dude en consultarnos, puesto que quizás Vd. tiene derecho a evitar que ese acuerdo conculque sus intereses legítimos. Los plazos para impugnar acuerdos comunitarios son bastante más reducidos que los de una reclamación normal, (muchas veces tan sólo hay TRES MESES de plazo para impugnar) por lo que Vd. debe contactar con un Abogado lo antes posible ante cualquier situación contradictoria. 

RECLAMACIÓN DE CUOTAS A MOROSOS. DERRAMAS.

En nuestro despacho le asesoraremos y defenderemos ante cualquier tipo de reclamación indebida, tanto de cuotas comunitarias ordinarias como extraordinarias (derramas). 

También llevamos numerosos expedientes de reclamación de deudas a propietarios morosos, caracterizándonos por la persistencia en el seguimiento de los asuntos con el fin de conseguir la satisfacción de la deuda a nuestros clientes. De nada sirve que tengamos una sentencia a nuestro favor si posteriormente no insistimos en la necesidad de perseguir y buscar bienes del deudor para solicitar su embargo.  

ACTIVIDADES MOLESTAS, DAÑOSAS Ó INSALUBRES.

El Artículo 7.2. de la Ley de Propiedad Horizontal, establece que al propietario u ocupante del piso o local NO le está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Por ello, si Vd. es víctima de alguna de éstas situaciones, contacte con nosotros.

Existe un procedimiento judicial precisamente pensado para evitar situaciones perjudiciales, pudiéndose conseguir incluso que el titular de la vivienda que provoca ese tipo de «daños» quede privado del uso del inmueble durante un determinado periodo de tiempo. En nuestro despacho podemos asesorarle sobre los pasos a seguir para la preparación de este tipo de reclamaciones. 

COLABORACIÓN CON ADMINISTRADORES DE FINCAS.

En nuestro despacho colaboramos con ADMINISTRADORES DE FINCAS asesorándoles para lan defensa de los intereses de la comunidad a la que prestan servicios. En determinados asuntos, no cobramos hasta que la comunidad no recupera su dinero.

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